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Subsidios, Estimulos y Apoyos
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No aplica, en virtud de que nuestro Objeto es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos Humanos consagrados en el orden jurídico vigente, teniendo además competencia en el Estado, para conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos cuando éstas fueren imputadas únicamente a autoridades y servidores públicos de carácter Municipal y Estatal, con excepción de los del Poder Judicial; y del contenido de la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y nuestro Reglamento Interno, no se deriva facultad alguna a este Organismo, para emitir o expedir este tipo de subsidios, estímulos y apoyos con cargo a la Hacienda Pública, máxime que de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 4-cuatro de la citada Ley y 9-nueve del referido Reglamento, los procedimientos y todas las actuaciones que se sigan en esta Comisión Estatal serán gratuitas. |